Ya es imposible ignorar la economía colaborativa

La economía colaborativa, basada en la distribución de costes, en la obtención de ingresos bajos por prestaciones accesorias de productos o servicios no es ninguna novedad, pero la capacidad de comunicación que nos da internet y la tecnología, si ha generado que exista un crecimiento exponencial de dicha economía.

Si miramos al pasado, compartir gastos de vivienda, realizar desplazamientos por carretera con desconocidos o conocidos de clase o incluso intercambiar clases de idiomas por tareas en el hogar, son actividades que siempre se han realizado en la sociedad. El escenario actual es que esta economía colaborativa ha cobrado una esencia mercantil para algunas empresas y que su volumen ha dejado de ser residual para convertirse en una amenaza para determinados sectores económicos.

Falta de legislación en la inmensa mayoría de materias de economía colaborativa: primer escalón a superar

La tecnología y la innovación van siempre un paso por delante de la sociedad y en simultáneo dejan dos pasos atrás la regulación jurídica de dichos avances. Tenemos infinidad de ejemplos, tanto en pasado como en el presente actual. En un laboratorio, podemos crear reproducción con células madre, podemos simular crecimiento celular y podemos investigar sus efectos y sus beneficios. Y nos encontramos con el hándicap de la falta de regulación del uso de estas células madre y cómo la ley llegó posteriormente al avance científico y tecnológico.

En la actualidad, los sectores que más adolecen de regulación, no solo a nivel nacional, sino a nivel global en la explosión de la economía colaborativa, son los sectores del transporte de pasajeros, la prestación de servicios hoteleros y extrahoteleros o los servicios financieros basados en préstamos entre particulares o la propia emisión de criptomonedas o sistemas auxiliares de pago.

Actualmente, tenemos varios millones de usuarios de aplicaciones de transporte colaborativo, varios cientos millones de usuarios que prefieren irse a dormir a la casa de un particular si están de viaje antes que a un hotel o tenemos un crecimiento exponencial en las operaciones de financiación P2P en todos los países.

En el caso español por ejemplo, nos encontramos con sectores realmente amenazados por la irrupción de competencia desleal, como es el caso de Uber y sus conductores, que han cesado operaciones hasta que exista un marco regulatorio adecuado, tenemos la sombra de AirBnb y cómo pone en el mercado  de alquiler extrahotelero miles de alojamientos que no cumplen las normativas autonómicas o estatales para estos servicios o tenemos el hándicap de la opacidad en las operaciones de financiación colectiva en materia de crowdfunding o préstamos P2P apoyados sobre el descuento de pagarés de empresa por particulares.

Por otra parte, en el mapa fiscal español, los usuarios de los servicios de economía colaborativa tenemos serios problemas para declarar los ingresos extemporáneos o poco habituales que se derivan de esta propia economía colaborativa.

Por ejemplo, un particular que alquile esporádicamente su vivienda mediantealguna web para alojamientos cortos y que no cumpla con las características de arrendamiento de vivienda, tiene obligaciones a efectos de IVA, renta y licencias cuyo coste burocrático es superior al propio ingreso que se obtiene en la mayoría de los casos.

Se hace necesario en todos los casos, mecanismos claros y legislación adecuada para las empresas que intermedian en la economía colaborativa, para los usuarios de estos formatos y por supuesto, para el propio mapa económico de los actores tradicionales del sector en el que comienzan a emerger estas nuevas economías.

El empleo en la nueva economía: asignatura pendiente 

El factor más indeterminado en las empresas de tecnología que son la pata fundamental de la economía colaborativa es el volumen de empleo que se genera y más importante aún, a qué precio se genera esta producción. La tecnología tiene la ventaja de la deslocalización y atemporalidad en su desarrollo, por lo que lejos quedan ya los modelos de producción económica en serie o la sujeción de la fuerza laboral de una empresa a la rigidez del horario de sus instalaciones.

Más de 75% del empleo que se genera en nuevas tecnologías es susceptible de deslocalización geográfica, de teletrabajo y de ubicar a los diferentes profesionales que operan en cualquier lugar del mundo con conexión a internet. Podemos tener un gran equipo de programadores en Japón o Alemania para prestar servicio a una herramienta web y aplicación que opere en Sudamérica o EEUU como mercados fundamentales.

Esta deslocalización de base, implica que la propia prestadora de servicios está deslocalizada y no tiene porqué coincidir normalmente que el país en el que se prestan los servicios o se intermedia, sea el mismo país que genera empleo para sus residentes de manera mayoritaria ni tampoco que los ingresos netos y su carga impositiva se queden en dicho país.

No existe un estudio serio ni con datos oficiales sobre estos puntos por la propia complejidad que conlleva determinar datos tan sensibles como ingresos por países, número de trabajadores asociados a cada empresa y país donde trabajan estas personas, pero la propia economía colaborativa, que tantas sinergias positivas puede mostrar para los usuarios que se benefician de ella, puede provocar bastantes externalidades negativas en una globalización en la que no tenemos un marco regulatorio homogéneo a efectos de territorios.

Con la colaboración del Centro de Innovación BBVA.

Autor: Consejo Editorial.

REUTERS/Marcos Brindicci

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