Si el mundo se toma en serio la sostenibilidad, debe emprender una nueva era del derecho global

COP26 delegates.
COP26 … on the way to a new era of global law?Image: Reuters/Yves Herman
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  • Estamos entrando en la era del Antropoceno con un marco de gobernanza internacional obsoleto.

  • Se necesita una nueva fase del derecho global que incluya las instituciones y los mecanismos necesarios para lograr un sistema mundial sostenible.

  • El nuevo marco global de sostenibilidad se dividiría en seis segmentos clave.

Nuestra civilización está entrando en una era de cambios sísmicos, desafíos y oportunidades. Muchos la llaman Antropoceno, una unidad no oficial del tiempo geológico que se utiliza para describir el período más reciente de la historia de la Tierra, cuando la actividad humana empezó a tener un impacto significativo en el clima y los ecosistemas del planeta. El motor de estos cambios es una nueva fase de globalización y progreso tecnológico con un enorme impacto en nuestro ecosistema. Los procesos globales afectan de distintas maneras a diferentes ámbitos de la vida, pero el actual y frágil orden mundial está amenazado por los desequilibrios que introducen, como demuestra la creciente variedad de amenazas en todo el planeta.

La tercera era del derecho internacional

Es poco probable que podamos gobernar en la era del Antropoceno mediante normas e instituciones antiguas. El derecho internacional ya ha atravesado dos etapas principales: primero, como derecho de las relaciones entre Estados y, después, como derecho de las relaciones internacionales (reguladas o mediadas por instituciones supranacionales u organizaciones no gubernamentales (ONG)). Mientras buscamos la manera de afrontar los desafíos de las próximas décadas en la COP26, ha llegado el momento de que el derecho internacional entre en una tercera fase: el derecho global, que gobierne realmente el desarrollo sostenible como comunidad mundial y aporte soluciones a los desafíos que afectan al planeta.

En materia de desarrollo sostenible, el Protocolo de Montreal de 1987 sentó las bases de la diplomacia climática, mientras que la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992 (CMNUCC) estableció los principios rectores del foro de la Conferencia de las Partes (COP). Más recientemente, el Protocolo de Kioto de 2005 abordó la reducción de emisiones en los países desarrollados, antes de que el Acuerdo de París de 2015, que describió las consecuencias del cambio climático como un problema humano universal y la necesidad de fijar objetivos de emisiones para todos los países. Pero ahora el marco jurídico internacional se ha estancado: los países establecen sus propios objetivos sin mecanismos transparentes de rendición de cuentas.

¿Qué es el derecho global?

El derecho global —según la definición del Global Law Forum— es un sistema de principios, normas y soluciones tecnológicas destinado a establecer una gobernanza global para el desarrollo sostenible y hacer efectivos los derechos humanos globales (incluidos los derechos digitales). El derecho global no es un tercer sistema jurídico paralelo a la legislación nacional e internacional; busca tener en cuenta a todos los sujetos actuales del derecho internacional, basándose tanto en las leyes internacionales como en los sistemas jurídicos nacionales de todos los países.

Los principios del derecho global se basan en la interdependencia de nuestro ecosistema social planetario e incluyen:

  • Hacer efectivos los derechos humanos

  • Dar prioridad a la solución de las amenazas globales mediante la creación de una gobernanza global

  • Unificar las normas jurídicas y crear mecanismos digitales para aplicarlas (con el desarrollo de govtech, civtech y legaltech)

  • Elaborar el derecho global de forma abierta, transparente y descentralizada, con la participación de múltiples partes interesadas

Hacer de la sostenibilidad una realidad global

El concepto clásico de desarrollo sostenible combina tres componentes distintos —el ambiental, el social y el económico—, todos reflejados en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible. El secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, ha declarado: «La comunidad mundial se encuentra en un momento crítico en su búsqueda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)».

Pero, pese a esta constatación, el marco mundial actual de desarrollo sostenible no está preparando a las instituciones para responder a las amenazas actuales; de lo contrario, la reunión de la COP26, que se está celebrando en Glasgow, Escocia, no estaría tan llena de debates sobre si podemos limitar el aumento de la temperatura a 1,5 °C. Se necesita una nueva fase de sostenibilidad, respaldada por un derecho global reforzado.

Por eso proponemos avanzar hacia un marco global de sostenibilidad que incluya el desarrollo equilibrado de los procesos globales en seis segmentos clave: jurídico, de gestión, educativo, ambiental, social y económico. Esto supone construir el desarrollo sostenible no solo desde la perspectiva de fijar objetivos, sino también incorporando desde el principio las herramientas para alcanzarlos. Esto significa que el desarrollo de normas globales de desarrollo sostenible debe ir seguido de instituciones de gestión que las implementen y aprovechen las tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial; paralelamente, se necesita un sistema global de educación que enseñe a una generación de juristas, internacionalistas y políticos a guiarse por los intereses comunes de la humanidad, y no solo por los nacionales.

Es importante que la modernización del derecho establezca responsabilidades frente al cambio climático y otras amenazas mediante obligaciones específicas para los Estados y las empresas transnacionales, cree un sistema unificado de información para seguir las amenazas globales y formular respuestas, y obligue a los países a incluir objetivos globales en sus documentos estratégicos. Además, podremos revisar muchos ámbitos de interés global: el desarme, los derechos humanos (incluidos los derechos digitales), los sistemas tributarios y económicos, los sistemas de salud y otros. La sostenibilidad debe ser un componente clave de todas nuestras futuras estrategias globales y alcanzarse mediante obligaciones jurídicas globales, no mediante la autorregulación de las empresas.

Una cosa está clara. Las empresas, las instituciones y los gobiernos que no incluyen componentes de sostenibilidad en sus planes de futuro se parecen un poco a estrellas cuya luz aún nos llega, pero que hace mucho que se apagaron. Nuestra civilización puede responder a la crisis actual y a las que vendrán; para ello, debemos reformular por completo nuestra visión de la regulación jurídica global y la gobernanza a fin de lograr una mayor armonía en el desarrollo.

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