Un análisis global de ACNUR y DLA Piper International en 79 jurisdicciones concluye que los refugiados y los solicitantes de asilo tienen cada vez más acceso jurídico a los servicios financieros.
Sin embargo, en la práctica, las barreras de carácter práctico siguen limitando el acceso, en particular para los solicitantes de asilo.
Avanzar en la inclusión financiera de las poblaciones desplazadas por la fuerza depende cada vez más de poner en práctica los marcos existentes y de reforzar la colaboración intersectorial.
Millones de refugiados están ahora legalmente autorizados a acceder a los servicios financieros; sin embargo, en la práctica, muchos todavía no pueden abrir una cuenta bancaria, registrar una tarjeta SIM ni utilizar pagos digitales. Un reciente análisis comparativo global de ACNUR, realizado con el apoyo de DLA Piper International, examina los marcos regulatorios de 79 países para determinar el acceso de refugiados y solicitantes de asilo a los servicios financieros formales y digitales en las distintas regiones. Los resultados muestran que, en más de la mitad de los 62 países principales analizados, los refugiados están ahora legalmente autorizados a acceder a los servicios financieros en el marco de las normativas vigentes.
Se trata de un avance importante. Hace una década, la exclusión jurídica era mucho más frecuente. Hoy, en muchos contextos, los cimientos de la inclusión financiera ya están establecidos.
Sin embargo, para millones de personas desplazadas por la fuerza, este avance sigue siendo incompleto. El acceso se amplía, pero con bastante frecuencia no funciona en la práctica. A medida que los sistemas financieros digitales crecen con rapidez, esta brecha corre el riesgo de volverse más estructural. En muchos casos, las barreras ya no se deben principalmente a leyes restrictivas. En cambio, surgen de la forma en que las leyes, las regulaciones y los sistemas operativos interactúan sobre el terreno.
¿En qué ámbitos avanza la inclusión financiera?
La investigación destaca un cambio más amplio hacia entornos regulatorios más favorables.
Los países de América Latina y el Caribe presentan, en general, enfoques regulatorios inclusivos. En Brasil, Ecuador y Chile, los marcos para refugiados y solicitantes de asilo se integran cada vez más en los sistemas nacionales de servicios financieros y digitales, lo que permite a las poblaciones desplazadas acceder a servicios financieros formales utilizando documentación reconocida.
En Europa, la Directiva de Cuentas de Pago de la UE y las protecciones relacionadas a nivel de la UE constituyen una base jurídica importante para la inclusión financiera, incluido el acceso a cuentas de pago básicas, aunque la aplicación sigue variando entre proveedores y países.
En África subsahariana, los servicios basados en la telefonía móvil han ampliado de forma significativa el acceso, en particular allí donde las políticas para refugiados son relativamente favorables. Uganda y Etiopía, dos de los mayores países de acogida de refugiados de África, junto con países como Malaui, han desarrollado marcos de inclusión relativamente avanzados tanto para refugiados como para solicitantes de asilo.
En cambio, en gran parte de Asia y de Oriente Medio y el norte de África, la exclusión tiende a seguir siendo más sistémica, a menudo vinculada al escaso reconocimiento jurídico del estatus de refugiado y a una mayor dependencia de sistemas de identificación basados en la nacionalidad o en la residencia.
Incluso en entornos relativamente favorables, los resultados siguen dependiendo en gran medida de que la documentación de refugiados y solicitantes de asilo se reconozca y se aplique de forma coherente en la práctica. El acceso jurídico por sí solo no garantiza el acceso efectivo.
Por qué los proveedores financieros dudan en incorporar a las poblaciones desplazadas
Las instituciones financieras y los operadores de redes móviles suelen tener dificultades para interpretar los requisitos regulatorios, en particular los relacionados con la diligencia debida con los clientes y las formas aceptables de identificación en el marco de las normativas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En ausencia de orientaciones claras o de expectativas de supervisión coherentes, los proveedores pueden adoptar enfoques conservadores que limiten la incorporación de clientes, incluso cuando no exista prohibición legal alguna.
El resultado es una brecha persistente entre el acceso formal y la inclusión efectiva.
Los requisitos relacionados con la identidad, la residencia o los ingresos pueden aplicarse de manera incoherente o interpretarse de formas que resultan difíciles de cumplir para las poblaciones desplazadas. Incluso cuando la documentación de los refugiados es jurídicamente válida, los proveedores pueden desconocerla, no poder verificarla a través de los sistemas existentes o tener dudas sobre su aceptabilidad en el marco de los requisitos de cumplimiento normativo.
En estos contextos, el acceso depende no de lo que permiten las normativas, sino de cómo los agentes del sector las interpretan y las aplican en la práctica.
Por qué los solicitantes de asilo sufren tasas de exclusión más elevadas que los refugiados reconocidos
Esta brecha es especialmente visible en la distinción entre refugiados y solicitantes de asilo.
Los refugiados reconocidos tienen, por lo general, más probabilidades de disponer de documentación expedida por el gobierno, que puede integrarse en los sistemas nacionales y utilizarse en los procesos estándar de conocimiento del cliente (KYC).
En cambio, los solicitantes de asilo suelen depender de documentación temporal o de trámite expedida durante los procesos de determinación de su estatus. Con frecuencia, estos documentos no se reconocen a efectos del cumplimiento de los requisitos KYC ni del registro de tarjetas SIM, incluso en contextos en los que no existen restricciones legales explícitas.
En consecuencia, los solicitantes de asilo tienen sistemáticamente más probabilidades de sufrir exclusión, no necesariamente porque se les niegue formalmente el acceso, sino porque los sistemas existentes no están diseñados para acomodar las formas de identificación que poseen.
¿La tecnología amplía el acceso o incorpora la exclusión para las personas desplazadas?
La rápida expansión de los servicios financieros digitales está transformando las trayectorias de la inclusión financiera.
El dinero móvil, las billeteras digitales, la incorporación a distancia y los sistemas electrónicos de KYC han permitido a los proveedores ampliar el acceso, reducir costes y escalar la prestación de servicios. En algunas regiones, los servicios basados en la telefonía móvil son ya la principal vía de entrada al sistema financiero formal.
Al mismo tiempo, la digitalización introduce nuevas formas de exclusión.
A medida que los sistemas dependen cada vez más de la verificación biométrica, de la infraestructura de identidad digital y de la incorporación automatizada, el acceso pasa a depender de si la documentación de las personas puede reconocerse digitalmente en las bases de datos nacionales. Cuando la documentación de refugiados o solicitantes de asilo no es interoperable con estos sistemas, la exclusión corre el riesgo de quedar incorporada en la propia infraestructura financiera.
En otros contextos, las barreras surgen incluso antes. Cuando las poblaciones desplazadas no pueden registrar tarjetas SIM debido a limitaciones documentales, el acceso a la conectividad móvil y, por tanto, a los servicios financieros digitales, queda limitado desde el principio.
Por tanto, la digitalización crea oportunidades de inclusión y riesgos de exclusión, a menudo simultáneamente, en particular cuando la limitada alfabetización digital restringe la capacidad de las personas para utilizar los nuevos sistemas.
Las medidas que deben adoptar los líderes para cerrar la brecha práctica de acceso
Las pruebas muestran que se han logrado avances significativos. En muchos países, los cimientos jurídicos de la inclusión financiera de los refugiados ya están establecidos.
Pero, en todos los contextos, persiste un doble desafío. En algunos países, las barreras se deben principalmente a la forma en que las normativas se interpretan y se aplican en la práctica. En otros, las lagunas jurídicas y de políticas siguen limitando el acceso de manera más fundamental.
Incluso en entornos relativamente favorables se observa el mismo patrón: cuando la documentación se reconoce claramente, las orientaciones son explícitas y la aplicación está alineada entre los distintos sistemas, el acceso resulta viable. Cuando no es así, las barreras persisten, incluso cuando la inclusión existe en principio.
Por consiguiente, avanzar en la inclusión financiera de las poblaciones desplazadas por la fuerza depende cada vez más de poner en práctica los marcos existentes. Esto incluye mejorar el acceso a documentos de identidad reconocidos formalmente, adaptar los marcos KYC para respaldar enfoques proporcionales basados en el riesgo, reforzar los incentivos y las normativas para los servicios financieros digitales inclusivos, y potenciar el papel de las autoridades de supervisión en la orientación a los proveedores y en la sensibilización. No menos importante es la integración de las poblaciones desplazadas en las estrategias nacionales de inclusión financiera y la ampliación de los programas de alfabetización financiera y digital.
Lograr un acceso significativo y un uso sostenido de los servicios financieros formales también exige una mayor colaboración intersectorial. Los avances dependen de la coordinación entre los sistemas de migración, identidad, regulación financiera y telecomunicaciones, así como de las alianzas entre gobiernos, reguladores, instituciones financieras, operadores de telecomunicaciones y actores humanitarios.
Cerrar la brecha entre el acceso en principio y el acceso en la práctica es la próxima frontera y una de las vías más inmediatas y escalables para ampliar la inclusión financiera de los refugiados en todo el mundo.



