Un tribunal neerlandés dictaminó que la exigencia laboral de mantener la cámara web encendida vulneraba el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La sentencia llega mientras las empresas siguen tratando de gestionar la "nueva normalidad" del trabajo remoto.
"Se prevé que el trabajo remoto o híbrido perdure ahora para una minoría considerable de la fuerza laboral en las economías desarrolladas", afirma el informe Good Work Framework del Foro.
Más de dos años después de que la pandemia de COVID-19 obligara a las empresas a adoptar el trabajo remoto, empleados y empleadores siguen navegando por los límites entre el trabajo y la vida privada.
Este mes, en los Países Bajos, un tribunal dictaminó que una empresa había traspasado esa frontera al exigir a un trabajador remoto que mantuviera la cámara web encendida casi todo el día. La sentencia formaba parte de una demanda por despido improcedente que el empleado presentó tras ser despedido por negarse.
“La instrucción de dejar la cámara encendida es contraria al derecho del empleado al respeto de su vida privada”, dictaminó el tribunal.
En los últimos años, el trabajo a tiempo parcial o totalmente remoto se ha adoptado ampliamente en todo el mundo. Y aunque los estudios muestran que la mayoría de los empleados prefiere el trabajo híbrido y que la productividad se mantiene alta entre los trabajadores remotos, encontrar un equilibrio adecuado sigue siendo un reto común para empleados y empleadores.
"El trabajo remoto puede tener un efecto positivo en el equilibrio entre vida laboral y personal, fomentando un mayor sentido de autonomía y aumentando la satisfacción laboral y el bienestar", afirma el informe del Foro Económico Mundial sobre el Good Work Framework . "También genera nuevos retos para la cohesión en el lugar de trabajo, así como para la desigualdad, ya que la opción de trabajar en remoto está disponible principalmente para trabajadores altamente cualificados y con elevada formación."
En Estados Unidos, por ejemplo, un estudio reciente reveló que el 47 % de los trabajadores remotos teme que se difuminen los límites entre su vida profesional y personal.
En el caso de los Países Bajos, la política de la empresa exigía a los trabajadores remotos mantener las cámaras web encendidas durante varias horas al día y compartir sus pantallas, según documentos judiciales. Cuando el empleado se negó alegando preocupaciones de privacidad, fue despedido por “negarse a trabajar” e “insubordinación”.
Sin embargo, el tribunal determinó que el empleado había cumplido adecuadamente con sus responsabilidades laborales y que la exigencia de la cámara web vulneraba el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En concreto, la exigencia infringía el artículo 8 del convenio, que protege el “derecho al respeto de la vida privada y familiar”.
El tribunal señaló que, aunque el artículo 8 pretendía proteger a los ciudadanos de las injerencias del Gobierno, se ha utilizado para establecer límites en el ámbito laboral. En 2017, por ejemplo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos citó el artículo 8 en una sentencia que consideró que “la videovigilancia de un empleado en el lugar de trabajo, ya sea encubierta o no, debe considerarse una intrusión considerable en la vida privada del empleado”, explicó el tribunal neerlandés en su sentencia.
El tribunal ordenó al empleador pagar las costas legales del empleado, abonar los salarios atrasados y pagar una multa por infringir la legislación laboral.


